En caso que quedes sin trabajo por cesantía involuntaria, la Isapre dará por pagado el valor mensual de las cotizaciones acordadas durante esos meses de inacción laboral, según qué producto tengas contratado (4 meses con tope de 12 UF o 6 meses sin tope de cotización).
Requisitos para acceder a la Cobertura de Cesantía:
- Deberá ser cesantía involuntaria: se entiende por cesantía involuntaria a la que se produce por circunstancias no imputables a hecho, culpa o dolo del afiliado, como se indica en los artículos 159 Nº 6 y 161 del Código del Trabajo; artículo 140 letra e) del Estatuto Administrativo; artículo 52 letra i) del Estatuto Docente y artículo 144 letra e) del Estatuto Administrativo Municipal.
- Al solicitar tu cobertura debes tener menos de 79 años y 364 días.
- Deberás poseer una antigüedad laboral mínima de 6 meses continuos con el mismo empleador antes de poder utilizar el beneficio de la cobertura.
- Se cubrirán cesantías involuntarias originadas a partir del día 1º del 5to mes siguiente al mes de celebración del Contrato de Salud.
- Será válida solamente para trabajadores dependientes, cumpliendo funciones por plazo indefinido bajo vínculo de subordinación y dependencia, con una jornada laboral mínima que sume al menos 40 horas semanales entre todos los empleadores.
- El término o cesantía de la relación laboral deberá ocurrir mientras este beneficio adicional esté vigente.
- Los trabajadores que estén jubilados se encuentran excluidos de esta cesantía.
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